09/04/2020 - Círculo

80 directivos participan en el ‘webinar’ de El Círculo-Directivos de Alicante y Galán&Asociados en busca de las herramientas legales para hacer frente al Covid-19

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Los 80 empresarios participantes el día 7 de abril en la videoconferencia organizada por El Círculo-Directivos de Alicante, junto con el despacho profesional Galán&Asociados, mostraron su preocupación por la búsqueda de las mejores herramientas que den viabilidad a sus empresas tras el próximo levantamiento del Estado de Alarma y evitar así el riesgo de caer en un Concurso de Acreedores como consecuencia de la paralización de la economía. 

En la presentación del encuentro digital, el presidente del Círculo, Javier Fur, apuntó la necesidad “de que nuestras empresas se ocupen del difícil corto plazo, sin dejar de pensar en el medio y largo”. Fur recomendó a las empresas que apuesten por la tecnologización de sus procesos, la innovación y, además, “que nos fijemos nuevos propósitos como empresa, no sólo trabajar para dentro, sino también hacia afuera, es decir, haciendo cosas buenas para crear un mundo mejor”. 

En este sentido, el socio director del despacho Galán&Asociados, José Antonio Galán, señaló que “debemos pensar que tenemos un objetivo fundamental: defender y mantener nuestras empresas y todos los puestos de trabajo que podamos”, y recomendó para ello “no tomar decisiones precipitadas; analizar la situación en que se encuentra nuestra empresa y nuestro mercado; y actuar aprovechando algunas medidas propuestas por las diferentes administraciones en los ámbitos fiscal, laboral y mercantil  que nos permita ganar tiempo en la toma de decisiones”.

Precisamente, esas medidas fueron las que explicaron los tres ponentes de Galán&Asociados en la sesión, Jesús Navarro, director del Departamento Mercantil y Concursal; Manuel Murcia, director del Departamento Fiscal; y Alberto López, abogado experto en derecho laboral

Navarro explicó que debemos “tener la cabeza fría” ante las circunstancias sobrevenidas como consecuencia de la pandemia y no precipitarse hacia el Concurso de Acreedores o la disolución de la empresa. Desde su experiencia, primero es necesario analizar todos los aspectos antes de tomar decisiones sobre el Concurso de Acreedores porque “puede haber alternativas como una reestructuración societaria, generar un plan de viabilidad, la posibilidad de establecer fusiones con otras sociedades, u otras distintas, antes de recurrir a medidas drásticas”.

Al respecto, recordó que las decisiones decretadas por el Gobierno establecen que durante el Estado de Alarma no es obligatorio la presentación del Concurso de Acreedores aunque se encuentre en esas circunstancias. De hecho, no se admitirán hasta que transcurran dos meses desde la finalización del estado de alarma las solicitudes de concurso necesario, es decir, la que presenten los acreedores de la sociedad.

Una de las novedades que establece los diferentes decretos del Gobierno es la prioridad a los Concursos de Acreedores Voluntarios frente a los Concursos Necesarios. El director del área Mercantil de Galán&Asociados también explicó los mecanismos generados para no bloquear las sociedades en periodo de confinamiento, así como la normativa en materia de vigencia de contratos, pensada principalmente para consumidores y de efectos mínimos en las relaciones entre empresas.

Cuestiones laborales y fiscales

Las cuestiones laborales, a través de los cambios normativos que ha planteado el Gobierno, fueron una de las principales preocupaciones en el turno de preguntas online establecido en el foro de El Círculo. El abogado experto en materia laboral del despacho Galán&Asociados, Alberto López, hizo hincapié en algunas cuestiones relativas a los ERTEs por Fuerza Mayor. “Estos tienen una clara ventaja como evitar el pago de las cotizaciones de la Seguridad Social mientras dure el Estado de Alarma, pero no son la panacea”, comentó, al tiempo que alertaba de algunas desventajas. 

“Lo establecido por el Gobierno es que al día siguiente de levantar el Estado de Alarma, se deberá incorporar toda la plantilla y mantenerla durante seis meses, tengas la actividad que tengas”, comentó López. A su juicio, esto supondrá un problema a muchas empresas, que si no cumplen tendrán que devolver las aportaciones estatales. También señaló algunas lagunas ante la falta de concreción de las circunstancias de aquellas plantillas con contratos fijos discontinuos o cuando haya limitaciones de aforo, como puede ocurrir en el sector servicio y de hostelería. Señaló que el Gobierno también debería aclarar cuestiones sobre el Permiso Retribuido Recuperable y el proceso de negociación entre trabajadores y empresarios para la recuperación de las horas no realizadas.

Por su parte, Manuel Murcia, director del área Fiscal de Galán&Asociados explicó las medidas en este ámbito, que desde su punto de vista son “muy cortas con respecto a las tomadas en otros países”. Murcia resumió las medidas adoptadas en cuanto a los plazos decretados con motivo del Estado de Alarma para el pago de determinados impuestos y tributos para autónomos y pymes, aunque la presentación de declaraciones y autoliquidaciones de los meses de marzo y abril continúa en su periodo de abono ordinario, como el IRPF. 

También explicó que los aplazamientos de deuda se fijan a un plazo de seis meses para pymes y autónomos, y se abona directamente toda la cantidad al finalizar este periodo, sin que genere intereses durante los tres primeros meses.  Murcia recomendó conocer correctamente los plazos de las actuaciones y procedimientos tributarios, modificados en los decretados aprobados con motivo de la pandemia del coronavirus.

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